FOL INFANTIL 2008-2009

Este blog está creado para que nos sirva como herramienta de intercambio de conocimientos, información, ayuda..., para lograr nuestros objetivos como futuras educadoras. Está compuesto por: Jessi, Esperanza, Mary, Patri, Estefa, Laura S., Mª Carmen, Teba, Laura G., Ana, Cristy, Rosa, Delia, Puri, Rocío G., Yoli, Rocío P., Irene, María, Rocío P., Estefy, Anita, Gema, Campu, Salud, Ana B., Rocio del Alba, Eli, Jessi U., Raquel, Carmen e Isabel.

martes, 31 de marzo de 2009

ERRORES....


El perfeccionismo es una muerte lenta.
Si cada cosa ocurriera como a mí me ha gustado, como la hubiera planeado
nunca experimentaría algo nuevo.

Mi vida sería una repetición infinita de viejos resultados. Así pues, cuando cometo un error experimento algo inesperado.Algunas veces reacciono frente a mis errores como si me hubiera traicionado y mi temor a equivocarme parece basarse en la suposición secreta de que soy potencialmente perfect@ y que bastaría sólo un poco de cuidado para no caerme del cielo.

Pero, un “error” es un manifiesto de lo que soy, es un bache en el camino que intento,
es una advertencia de que no estoy tomando en cuenta mi realidad.

Cuando haya escuchado a todos mis errores
Habré crecido

Delia

LA HUMILDAD.
Una persona que personifique la humildad hará el esfuerzo de escuchar y de aceptar a los demás. Cuanto más acepte a los demás, más se tendrá a esa persona en gran estima y más se la escuchará. Una palabra dicha con humildad tiene el significado de mil palabras.

Escuchar, debería servirnos sobre todo para aprender la parte del todo que todavía ignoramos. Debería servirnos, para darnos cuenta de que no tenemos el monopolio de la verdad y centrarnos en las necesidades de completarnos con la verdad de otros.
Esto conlleva, una importante cuota de humildad, porque aprender es siempre un acto humilde. Anclados a nuestra soberbia, nada puede sernos explicado.
El que no se anima a bajar del pedestal de creer que lo sabe todo nada puede aprender de los demás, a los que sin escuchar desprecia porque supone, o peor aun, decide que nada pueden enseñarle.
Ninguna cadena puede ser peor que la de estar limitado a saber solamente lo que uno ya sabe. Y esa cárcel es la de los soberbios. La vida es por supuesto la exploración de cosas nuevas y su sentido es, para todos, el de crecer.
" LA HUMILDAD ES ALGO MUY ESTRAÑO, EN EL MOMENTO MISMO EN EL QUE CREEMOS TENERLA YA LA HEMOS PERDIDO."
YOLI.

lunes, 30 de marzo de 2009

El poder de la mente.......

  1. PIENSA UN NÚMERO DEL 1 AL 9… ¿YA? OK MULTIPLICA EL NÚMERO POR 9
  2. SI HAS OBTENIDO UN NÚMERO DE 2 CIFRAS… SÚMALOS ENTRE SÍ ¿LO TIENES? AL NÚMERO OBTENIDO RESTALE 5
  3. SIGUIENTE PASO: HAZ COINCIDIR TU NUMERO CON LA LETRA DEL ABECEDARIO QUE LE CORRESPONDA (Ej: 1=A, 2=B, etc…)
  4. CON LA LETRA OBTENIDA, PIENSA EL NOMBRE DE UN PAÍS…
  5. CREES QUE YA LO SÉ TODO ¿NO? VAMOS A COMPLICARLO… CON LA 2ª LETRA DEL NOMBRE DEL PAÍS, PIENSA UN ANIMAL…
  6. VAMOS, QUE YA TERMINAMOS… Y POR ÚLTIMO, CON LA PENÚLTIMA LETRA DEL NOMBRE DEL ANIMAL… PIENSA UN DEPORTE…
  7. Y AHORA ¿DIME? ¿ QUÉ PINTA UNA IGUANA EN DINAMARCA HACIENDO NATACIÓN?
Delia

viernes, 27 de marzo de 2009

pagina interesante

hola soy jessi de nuevo he encontrado una pagina super interesante que tiene cuentos ,material didáctico .... os dejo el enlace por si os interesa un saludo.www.educacioninicial.com

enhorabuena por los trabajos de FOL

Me han parecido muy interesantes y han dado como resultado un buen trabajo.
¡¡¡Enhorabuena!!!
ISABEL

miércoles, 25 de marzo de 2009

medidas generales de empleo (grupo 5)

TRABAJO FOL: Medidas generales de empleo.


Jésica Iglesia González.
Ana Boge Gómez.
Laura García Muñoz.
Gema Morales Campos.
Salud Vázquez García.



INDICE.

MEDIDAS GENERALES DE EMPLEO.

1) Real Decreto 5/2006, de 9 de junio, para la mejora del crecimiento y del empleo.


2) Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.



3) Ley 20/2007, de 11 de julio, Estatuto del Trabajo Autónomo.




1) REAL DECRETO 5/2006, DE 9 DE JUNIO, PARA LA MEJORA DEL CRECIMIENTO Y DEL EMPLEO.


La evolución del mercado de trabajo en España se ha caracterizado por un fuerte incremento (2006) pese a ello persisten problemas en el mercado de trabajo español que deben superarse.
Entre estos problemas cuya superación se encuentra entre los objetivos principales de este real decreto –ley, figura la reducida tasa de ocupación y actividad de las mujeres españolas , el que la tasa de paro todavía supere ligeramente a la media de la Unión Europea ,siendo especialmente elevada en el caso de los jóvenes, las mujeres y las personas con discapacidad.

Por estos tipos de problemas se crea la necesidad de crear cierta ley.

A la hora de afrontar los desequilibrios de nuestro mercado de trabajo, conviene recordar que la concertación y el diálogo social desarrollados en España en los últimos treinta años han contribuido decisiva mente a las profundas transformaciones políticas , económicas y sociales que ha experimentado nuestro país en ese periodo.
El destacado papel desempeñado en este proceso por los interlocutores sociales , y más concreta mente por la organizaciones representativas de los empresarios y de los trabajadores, ha sido posible gracias al reconocimiento que el artículo 7 de la constitución hace de tales organizaciones para la defensa y promoción de los intereses que les son propios.
La experiencia de los más de veinticinco años transcurridos desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores nos enseña que los cambios y reformas del modelo de relaciones laborales y del mercado de trabajo de las que se han derivado efectos más positivo para la economía española, para la creación de empleo y para mejorar la situación de los trabajadores, son siempre aquellas que han tenido su origen en el diálogo, en la concertación y en el consenso social.

El diálogo social sobe mercado de trabajo se inició encomendando a una comisión de expertos la realización de un informe para evaluar el funcionamiento de las políticas de empleo desde las reformas laborales acometidas en el periodo 1992-1994 hasta la actualidad. La comisión de expertos hizo entrega de su informe, “más y mejor empleo en un nuevo escenario socio económico por una flexibilidad y seguridad laborales efectivas”, en enero de 2005.
Desde 2005 , el gobierno , las organizaciones empresariales y los sindicatos han venido desarrollando un proceso de diálogo y negociación sobre el mercado de trabajo. Las reuniones celebradas por la Mesa de Diálogo Social, junto con los documentos de propuestas presentados por todas las partes , han permitido profundizar de forma detallada y precisa en el conjunto de aspectos que , a juicio de cada interlocutor, inciden en el crecimiento del empleo, la mejora de la estabilidad laborar y la utilización adecuada de la contratación temporal.

Después de ratificar su compromiso con el diálogo y la negociación como instrumento para abordar cambios que mejoren el funcionamiento del mercado laboral, los firmantes señalan en el preámbulo del Acuerdo que “resulta fundamental impulsar un modelo de crecimiento económico equilibrado y duradero basado en la competitividad de las empresas, el incremento de la productividad y la cohesión social. La mejora de la estabilidad del empleo, objetivo de este Acuerdo, contribuirá a avanzar en esa dirección”

El “acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo”, en tanto que plasmación del consenso entre las partes, constituye un punto de equilibrio que se orienta en la dirección de apoyar y sostener la creación de empleo así como mejorar el funcionamiento del mercado laboral y la estabilidad del empleo.
Las medidas se dirigen a afrontar los desequilibrios de nuestro mercado de trabajo, insuficiente volumen de empleo y elevada temporalidad, pudiéndose agrupar tales medidas en tres grandes capítulos.

1) impulsar y apoyar el empleo, la contratación indefinida y la conversión de empleo temporal en fijo , bonificando y estimulando los nuevos contratos indefinidos y reduciendo las cotizaciones empresariales al Fondo de garantía salarial y por desempleo, centradas estas últimas en el empleo estable.
2) Limitar la utilización sucesiva de contratos temporales, así como para introducir mayor transparencia en la subcontratación de obras y servicios entre empresas cuando comparten un mismo centro de trabajo. Se contempla también el refuerzo de los recursos humanos y materiales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, articulando la participación de los interlocutores sociales en la definición de sus objetivos y programas.
3) Potenciar la eficiencia de las políticas activas de empleo y la capacidad de actuación del sistema Nacional de Empleo también a mejorar la la protección de los trabajadores ante la falta de empleo, tanto en materia de protección por desempleo como en las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial.


En suma, el acuerdo supone una apuesta estratégica del gobierno , las organizaciones empresariales y los sindicatos por la estabilidad del empleo.



MEDIDAS DE IMPULSO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA


Artículo 2. Ámbito de aplicación e incentivos a la contratación.

1. Los empleadores que contraten indefinidamente a tiempo completo de acuerdo con los requisitos y condiciones que se señalan en esta sección, se podrán bonificar en la cuota empresarial a la seguridad social en la siguiente duración y cuantía mensual:
a) Mujeres en general: 70.83 €/ mes (850 €/ año) durante 4 años.
b) Mujeres que sean contratadas en los veinticuatro meses después de la fecha del parto, o de la adopción o acogimiento: 100 €/ mes (1200 €/ año) durante 4 años.
c) Mujeres que se reincorporen al empleo después de cinco años de inactividad laboral, siempre que hubiesen estado de alta en cualquier régimen de la seguridad social durante un mínimo de 3 años: 100 €/ mes (1200 €/ año) durante 4 años.
d) Mayores de cuarenta y cinco años: 100 €/ mes (1200 €/ año) durante toda la vigencia del contrato.
e) Jóvenes de dieciséis a treinta años: 66.67 €/ mes (800 €/ año) durante 4 años.
f) Trabajadores inscritos como desempleados ininterrumpidamente en la oficina de empleo durante, al menos, seis meses: 50 €/ mes (600 €/ año) durante 4 años.
2. Los empleadores que contraten indefinidamente a personas con discapacidad, 250 €/ mes (3000 €/ año) durante toda la vigencia del contrato.
Cuando se trate de la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades para el acceso al mercado de trabajo: 266.67 €/ mes
(3200 €/ año) durante toda la vigencia del contrato.
En el caso de que las personas con discapacidad sean contratadas mediante el contrato temporal de fomento de empleo la bonificación ascenderá a 183.33 €/ mes (2200 €/ año), durante toda la vigencia del contrato.
Los trabajadores con discapacidad deberán tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

3. Los empleadores que contraten indefinidamente a personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género por trabajador contratado de 70.83 €/ mes (850 €/ año) durante 4 años.
En el caso de que se celebren contratos temporales 50 €/ mes (600 €/ año) durante toda la vigencia del contrato.

4. Los empleadores que contraten indefinidamente a trabajadores en situación de exclusión social, podrán acogerse a las bonificaciones mensuales de la cuota empresarial a la seguridad social o por trabajador contratado de 50 €/ mes (600 €/ año) durante 4 años.
En el caso de que la contratación sea temporal, dará derecho a una bonificación de 41.67 €/ mes (500 €/ año) durante toda la vigencia del contrato.

5. Se incentivará la transformación en indefinidos de los contratos formativos, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación; por trabajador contratado de 41.67 €/ mes (500 €/ año) durante 4 años.



Artículo 4. Bonificaciones para el mantenimiento del empleo y la igualdad de oportunidades.

1. Los contratos de trabajo de carácter indefinido de los trabajadores de sesenta o más años, con una antigüedad en la empresa de cinco o más años, darán derecho a la bonificación del 50 % de la aportación empresarial en la cotización a la seguridad social por contingencias comunes.
2. Los contratos de trabajo de carácter indefinido de las mujeres trabajadoras que sean suspendidos por maternidad o por excedencia por cuidado de hijo/a darán derecho a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo en los dos años siguientes; por trabajador contratado: 100 €/ mes (1200 €/ año) durante los 4 años siguientes a la reincorporación efectiva de la mujer al trabajo.




2) LEY 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.

La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983. En este mismo ámbito procede evocar los avances introducidos por conferencias mundiales monográficas, como la de Nairobi de 1985 y Beijing de 1995.
La igualdad es, asimismo, un principio fundamental en la Unión Europea. La igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre unas y otros son un objetivo que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión y de sus miembros.
La Ley pretende promover la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas, situándolas en el marco de la negociación colectiva, para que sean las partes, libre y responsablemente, las que acuerden su contenido.
Dentro del mismo ámbito del empleo, pero con características propias, se consignan en la Ley medidas específicas sobre los procesos de selección y para la provisión de puestos de trabajo en el seno de la Administración General del Estado. Y la proyección de la igualdad se extiende a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas.

Artículo 3: La ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.

Artículo5: Aplicable en el ámbito del empleo privado y en el público.
No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato discriminación en una características relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha características constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.

CAPITULO I: PRINCIPIOS GENERALES.

Artículo 15: Transversalidad del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.
Informará, con carácter transversal, la actuación de todos los Poderes Públicos.

Artículo 17: Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades.
El Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estad, aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, para alcanzar el objetivo de igualdad entre mujeres y hombres.

ACCIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA IGUALDAD.

Artículo 23: La educación para la igualdad de mujeres y hombres.
El sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

Artículo 24: Integración del principio de igualdad en la política de educación.
6. Las Administraciones educativas garantizarán un igual derecho a la educación de mujeres y hombres a través de la integración activa.
7. Las Administraciones educativas, desarrollarán las siguientes:

4) La atención especial en los currículos entre mujeres y hombres.
5) La eliminación de los comportamientos y contenidos sexistas, con especial consideración a ello en los libros de texto y materias educativos.
6) La presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y de gobierno de los centros docentes.
7) Medidas educativas destinadas al reconocimiento y enseñanza del papel de las mujeres en la Historia.

Artículo 25: La igualdad en el ámbito de la educación superior.

1. Las Administraciones públicas fomentarán la enseñanza y la investigación sobre el significado y alcance de la igualdad entre mujeres y hombres.
2. Las Administraciones públicas promoverán:
a. La inclusión, de enseñanzas en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
b. La creación de postgrados específicos.
c. La realización de estudios e investigaciones especializadas e la materia.



TÍTULO II: POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA IGUALDAD.
Capítulo II: acción administrativa para la igualdad.

Artículo 28: sociedad de la Información.
Este articulo explica que, en cuanto a los programas públicos de desarrollo de la sociedad de la Información se incorporara el concepto de igualdad entre hombres y mujeres. Además el Gobierno incorporara a las mujeres en la Sociedad de Información y por ultimo se garantizara que su lenguaje y contenido sean no sexista.


Articulo 35: subvenciones publicas.

Se determinaran los ámbitos en que, por razón de la existencia de una situación de desigualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, las bases reguladoras de las correspondientes subvenciones puedan incluir la valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad por parte de las entidades solicitantes.

TÍTULO III: IGUALDAD Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

Artículo 41: Igualdad y publicidad.

La publicidad que comporte una conducta discriminatoria de acuerdo con esta Ley se considerará publicidades ilícita, de conformidad con lo previsto en la legislación general de publicidad y de publicidad y comunicación institucional.


TÍTULO IV: EL DERECHO AL TRABAJO EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.
Capitulo I. igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral.

Articulo 42: programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres.

Tendrá como objetivo aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre hombres y mujeres por lo que se mejorara la empleabilidad y la permanencia en el empleo de las mujeres y además que los programas de inserción laboral actividad comprenderán todos los niveles educativos y edad de las mujeres.

Capítulo II. Igualdad y conciliación.

Artículo 44: los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores/as, evitando toda discriminación basada en su ejercicio y también los padres tendrán un permiso y una prestación por partenidad.

Artículo 46. Concepto y contenido de los planes de igualdad de las empresas.

Los planes de igualdad en las empresas tienden a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.


Artículo 48: medidas específicas para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

Se podrán establecer medidas tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas practicas, realización de campañas informativas…
Se deberán promover condiciones de trabajos para evitarlos y por último los representantes de los trabajares deberán contribuir a prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo mediante la sensibilización de los trabajadores/as para poder propiciarlo.


TÍTULO V: EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL EMPLEO PUBLICO.
Capítulo II. Medidas de igualdad en el empleo para la administración general del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

Artículo 55: informe de impacto de genero en las pruebas de acceso al empleo publico .

La aprobación de convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo publico deberá acompañarse de un informe de impacto de genero, salvo en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo.


Artículo 56: permisos y beneficios de protección a la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Se establecerá un régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.


CAPÍTULO IV.

FUERZAS ARMADAS.

Artículo 65: Respeto del principio de igualdad.
En especial e lo que se refiere al régimen de acceso, formación ascenso, destinos y situaciones administrativas.

Artículo 66: Aplicación de las normas referidas al personal de la Administraciones Públicas.
Con las adaptaciones que resulten necesarias y en los términos establecidas en su normativa específica.

CAPÍTULO V.

FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO.

Artículo 67: Respeto del principio de igualdad.
Promoverán la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, impidiendo cualquier situación de discriminación profesional.


Artículo 68: Aplicación de las normas referidas al personal de las Administraciones públicas.
Materia de igualdad, prevención de la violencia de género y conciliación de la vida personal, familiar y profesional serán de aplicación en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.



3) LEY 20/2007, DE 11 DE JULIO, ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO.

PREÁMBULO
I
El trabajo autónomo se ha venido configurando tradicionalmente dentro de un marco de relaciones jurídicas propio del derecho privado, por lo que las referencias normativas al mismo se hallan dispersas a lo largo de todo el Ordenamiento Jurídico.

En este sentido, la constitución sin hacer una referencia expresa al trabajo por cuenta propia recogen algunos de sus preceptos derechos aplicables a los trabajadores autónomos.

Así, el artículo 38 de la Constitución reconoce la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado.

El artículo 35, reconoce para todos los españoles el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio.
El artículo 40, en su apartado 2, establece que los poderes públicos garanticen la formación y readaptación profesionales y garantizarán el descanso necesario, las vacaciones periódicas retribuidas…

El artículo 41 encomienda a los poderes públicos el mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos.

En el ámbito social podemos destacar:

8) en materia de Seguridad Social, normas como la Ley General de la Seguridad Social, el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
9) Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género referido a las trabajadoras por cuenta propia que sean víctimas de la violencia de género.
10) El Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, que regula el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y otras disposiciones de desarrollo.
11) En materia de prevención de riesgos laborales hay que referirse a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud.





La Unión Europea:

En los países de la Unión Europea sucede lo mismo que en España: las referencias a la figura del trabajador autónomo se encuentran dispersas por toda la legislación social, especialmente la legislación de seguridad social y de prevención de riesgos.
II

Desde el punto de vista económico y social no puede decirse que la figura del trabajador autónomo actual coincida con la de hace algunas décadas. A lo largo del siglo pasado el trabajo era, por definición, el dependiente y asalariado.

Estamos en presencia de un amplio colectivo que realiza un trabajo profesional arriesgando sus propios recursos económicos y aportando su trabajo personal, y que en su mayoría lo hace sin la ayuda de ningún asalariado. Se trata, en definitiva, de un colectivo que demanda.

El Gobierno, sensible ante esta evolución del trabajo autónomo, ya se comprometió en la ón de investidura de su Presidente a aprobar durante esta Legislatura un Estatuto de los Trabajadores Autónomos.

III
La consta de 29 artículos, encuadrados en cinco títulos, más diecinueve disposiciones adicionales, tres transitorias, una derogatoria y seis finales.

IV
El Título III regula los derechos colectivos de todos los trabajadores autónomos, definiendo la representatividad de sus asociaciones conforme a los criterios objetivos, establecidos en el artículo 21 y creando el Consejo del Trabajo Autónomo como órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y profesional referida al sector en el artículo 22.

Finalmente, el Título V está dedicado al fomento y promoción del trabajo autónomo, estableciendo medidas dirigidas a promover la cultura emprendedora, a reducir los costes en el inicio de la actividad, a impulsar la formación profesional y a favorecer el trabajo autónomo mediante una política fiscal adecuada. Se trata, pues, de las líneas generales de lo que deben ser las políticas activas de fomento del autoempleo, líneas que han de ser materializadas y desarrolladas en función de la realidad socioeconómica.


CAPÍTULO II
Régimen profesional común del trabajador autónomo
Artículo 4. Derechos profesionales.
1. Los trabajadores autónomos tienen derecho al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución Española y en los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España sobre la materia.
2. El trabajador autónomo tiene los siguientes derechos básicos individuales, con el contenido y alcance que para cada uno de ellos disponga su normativa específica:
a) Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio.
b) Libertad de iniciativa económica y derecho a la libre competencia.
c) Derecho de propiedad intelectual sobre sus obras o prestaciones protegidas.
3. En el ejercicio de su actividad profesional, los trabajadores autónomos tienen los siguientes derechos individuales:
a) A la igualdad ante la ley y a no ser discriminados, directa o indirectamente, por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, estado civil, religión, convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, uso de alguna de las lenguas oficiales dentro de España o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
b) A no ser discriminado por razones de discapacidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
c) Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, así como a una adecuada protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo o por cualquier otra circunstancia o condición personal o social.
d) A la formación y readaptación profesionales.
e) A su integridad física y a una protección adecuada de su seguridad y salud en el trabajo.
f) A la percepción puntual de la contraprestación económica convenida por el ejercicio profesional de su actividad.
g) A la conciliación de su actividad profesional con la vida personal y familiar, con el derecho a suspender su actividad en las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen, siempre que su duración no sea inferior a un año, aunque éstos sean provisionales, en los términos previstos en la legislación de la Seguridad Social.
h) A la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, de conformidad con la legislación de la Seguridad Social, incluido el derecho a la protección en las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen, siempre que su duración no sea inferior a un año, aunque éstos sean provisionales.
i) Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su actividad profesional.
j) A la tutela judicial efectiva de sus derechos profesionales, así como al acceso a los medios extrajudiciales de solución de conflictos.
k) Cualesquiera otros que se deriven de los contratos por ellos celebrados.

Artículo 14. Jornada de la actividad profesional.
1. El trabajador autónomo económicamente dependiente tendrá derecho a una interrupción de su actividad anual de 18 días hábiles, sin perjuicio de que dicho régimen pueda ser mejorado mediante contrato entre las partes o mediante acuerdos de interés profesional.
2. Mediante contrato individual o acuerdo de interés profesional se determinará el régimen de descanso semanal y el correspondiente a los festivos, la cuantía máxima de la jornada de actividad y, en el caso de que la misma se compute por mes o año, su distribución semanal.
3. La realización de actividad por tiempo superior al pactado contractualmente será voluntaria en todo caso, no pudiendo exceder del incremento máximo establecido mediante acuerdo de interés profesional. En ausencia de acuerdo de interés profesional, el incremento no podrá exceder del 30 por ciento del tiempo ordinario de actividad individualmente acordado.
4. El horario de actividad procurará adaptarse a los efectos de poder conciliar la vida personal, familiar y profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente.
5. La trabajadora autónoma económicamente dependiente que sea víctima de la violencia de género tendrá derecho a la adaptación del horario de actividad con el objeto de hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.


TÍTULO IV
Protección social del trabajador autónomo
Artículo 23. El derecho a la Seguridad Social.
1. De conformidad con el artículo 41 de la Constitución, las personas que ejerzan una actividad profesional o económica por cuenta propia o autónoma tendrán derecho al mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social, que les garantice la asistencia y las prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad. Las prestaciones complementarias serán libres.
2. La protección de los trabajadores por cuenta propia o autónomos se instrumentará a través de un único régimen, que se denominará Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, sin perjuicio de que algunos colectivos específicos de trabajadores autónomos, en razón de su pertenencia a un determinado sector económico, estén encuadrados en otros regímenes de la Seguridad Social.
Artículo 24. Afiliación a la Seguridad Social.
La afiliación al sistema de la Seguridad Social es obligatoria para los trabajadores autónomos o por cuenta propia, y única para su vida profesional, sin perjuicio de las altas y bajas en los distintos regímenes que integran el sistema de Seguridad Social, así como de las demás variaciones que puedan producirse con posterioridad a la afiliación.
Artículo 25. Cotización a la Seguridad Social.
1. La cotización es obligatoria en el Régimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en los términos previstos en el artículo 15 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y demás disposiciones de desarrollo.
2. La Ley podrá establecer bases de cotización diferenciadas para los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
3. La Ley podrá establecer reducciones o bonificaciones en las bases de cotización o en las cuotas de Seguridad Social para determinados colectivos de trabajadores autónomos en atención a sus características personales o a las características profesionales de la actividad ejercida.



Artículo 29. Apoyo financiero a las iniciativas económicas.
1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias y en el marco de los compromisos asumidos en la Unión Europea, adoptarán programas de ayuda financiera a las iniciativas económicas de las personas emprendedoras.
2. La elaboración de estos programas atenderá a la necesidad de tutela de los colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, a la garantía de la viabilidad futura de los proyectos beneficiarios, así como a la exigencia de evaluación de los efectos de las ayudas económicas sobre los objetivos propuestos.
3. Los poderes públicos favorecerán mediante una política fiscal adecuada la promoción del trabajo autónomo.

En el plazo de un año, el Gobierno presentará un estudio sobre la actualización de la normativa que regula el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos establecida esencialmente en el Decreto 2530/1970, de 20 de agosto.
En el plazo de un año, el Gobierno realizará, en colaboración con las entidades más representativas de trabajadores autónomos, una campaña de difusión e información sobre la normativa y las características del Régimen Especial del Trabajador Autónomo.

LA JORNADA LABORAL, Equipo 6

CONCEPTO DE JORNADA:

La Jornada laboral es el período de tiempo durante el que el trabajador y la trabajadora desempeñan las tareas laborales, ya sea en horas diarias, semanales o anuales.

La jornada laboral la fija el convenio colectivo o en su defecto, el propio contrato de trabajo.

Todas las jornadas de trabajo cumplen una serie de normas que son:

- 40 h/semana, es decir, 8 h/día, que son derecho máximo necesario.
- En el ET (Estatuto de los Trabajadores) se fija un límite máximo de 9 horas diarias.
- En caso de superar 9 horas diarias se deben respetar los descansos entre horas (distribución irregular de la jornada).
- En el caso de ser menor de 18 años, la norma es imperativa: no pueden realizarse más de 8 horas de trabajo efectivo al día. Además se tiene derecho a 2 días ininterrumpidos de descanso por semana.

TIPOS DE JORNADA:

Ÿ TRABAJO NOCTURNO: es el que se realiza normalmente en período nocturno más de 3 h. de su jornada diaria de trabajo o si tiene el turno compartido y realiza el trabajo un 1/3 de su jornada anual.
Generalmente no puede realizar horas extras.
Responde al trabajo que se realiza desde las 22 h. a las 6 h. de la mañana.
Ningún trabajador debe permanecer en el turno de noche más de dos semanas seguidas, salvo que lo solicite voluntariamente.

Ÿ TRABAJO EN HORARIO CONTINUADO: cuando la jornada diaria continuada supera las 6 h., debe establecerse un período de descanso durante la misma de duración que no debe ser inferior a los 15 minutos.

Ÿ TRABAJO A TURNOS: es un trabajo organizado en equipo en el cual los/las trabajadores rotan por los mismos puestos de trabajo pero en horas diferentes y períodos determinados de días o semanas.

Ÿ TRABAJO JORNADA PARTIDA: La jornada de trabajo que incluyen al menos una hora de descanso.


JORNADAS ESPECIALES:

AMPLIACIÓN DE JORNADA:
o Empleados de fincas urbanas con plena dedicación.
o Guardas y vigilantes no ferroviarios.
o Trabajo en el campo.
o Trabajo en el comercio y hostelería.
o Transportes y trabajo en el mar.
o Trabajos en condiciones especiales de aislamiento o lejanía.
o Actividades con jornadas fraccionarias.

REDUCCIÓN DE JORNADA:
o Trabajos con riesgos para la salud de los trabajadores.
o Trabajos en cámaras frigoríficas y de congelación.
o Trabajos de construcción y obras públicas.
o Otras: guarda legal de hijos o lactancia.


JORNADAS ESPECIALES POR CIRCUNSTANCIAS PERSONALES:
o Baja materna
o Trabajadora victima de violencia de género
o Cuidado de un menor de 8 años con algún tipo de discapacidad.


HORARIO DE TRABAJO:

La entrada y salida de trabajo puede o no ser igual para todos los días de la semana o para todos los integrantes de la plantilla.
Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral para los trabajadores en un lugar visible.
El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribución del tiempo de trabajo para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral (Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo para la igualdad efectiva de hombres y mujeres).


- Horario flexible: se puede elegir la hora de entrada y salida en un periodo de punto de referencia.

- Horario rígido: las horas de trabajos vienen impuesta por la empresa.


DESCANSOS:

El periodo de descanso es aquel en el cual el trabajador se encuentra libre de la actividad laboral y no esta a disposición del empresario. Los periodos de descanso que indica la legislación laboral para los trabajadores son los siguientes:

- Descanso en jornada continuada: descanso mínimo de 15 minutos cuando la jornada diaria continuada supera las 6 horas. En el caso de menores de edad el descanso será de 30 minutos cuando exceda de 4 horas y media de trabajo efectivo, según el Estatuto de los Trabajadores.

-Descanso entre jornada: descanso mínimo de 12 horas entre el final de la jornada y el comienzo de la otra.
Si el trabajador no pudiera disfrutar de su descanso de 12 horas entre jornada, el descanso puede reducirse hasta un mínimo de 7 horas y compensar la diferencia (hasta el límite legal) en los días inmediatamente siguientes.

- Descanso semanal: descanso mínimo de un día y medio ininterrumpido y en el caso de menores de edad será de 2 días como mínimo.

- Descanso anual: descanso mínimo de 30 días de vacaciones. Todos los periodos de descanso son la parte más esperada del año laboral. Las vacaciones no deben sustituirse por una compensación económica (el descanso es una obligación).

-Permiso retribuido: El trabajador previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por algunos de los motivos y por el tiempo siguiente:
a) 15 días naturales en caso de matrimonio.
b) 2 días por nacimiento de hijo/a o por fallecimiento, accidente o enfermedades, etc. En caso de desplazamiento el plazo será de 4 días (Ley Orgánica de 22 Marzo 3/2007).
c) 1 día por traslado de domicilio habitual y 2 días por desplazamiento mayor.
d) Cumplir con un deber obligatorio de carácter público y personal, se concederá el permiso de tiempo necesario o indispensable.
e) Realizar funciones sindicales o de representación del personal (ej.: cuando hay elecciones).
f) Realizar exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deberá realizarse dentro de la jornada laboral, se concederá el tiempo indispensable.


HORAS EXTRAORDINARIAS:

Las horas extraordinarias son aquellas que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria aplicable.

El límite no puede superar las 80 horas anuales, excepto por causa mayores. Los menores de 18 años tienen prohibido realizar horas extraordinarias.

Mediante convenio colectivo o contrato individual se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarla por tiempos equivalentes de descanso retribuido.

El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempos determinados, para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en paro forzoso.

La jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia al trabajador en el recibo correspondiente.


Distinguimos dos tipos de horas extras:

- Voluntarias: es aquella en la que no hubo acuerdo en el convenio o contrato laboral. Tal acuerdo tiene las siguientes características:
- Cotizan a la seguridad social en el tipo general.
- Prohibido para menores de 18 años.
- Opcionales (salvo pacto en contra).

- Obligatoria: son aquellas que han sido pactadas en convenio o contrato laboral.
Lo caracteriza:
-Prevenir o preparar siniestro u otros daños extraordinarios urgentes.
-Pueden ser realizadas por trabajadores nocturnos.
-A efecto de la Seguridad Social, cotizan en el tipo especial reducido.


INFORMACIÓN ADICIONAL DE INTERÉS:

En la C.E. el aumento de la jornada laboral es un paso adelante para el trabajador.

Veintisietes países pactaron aumentar la jornada, España está en desacuerdo de esta nueva ley junto con países como Bélgica o Grecia ya que declararon que supone un retroceso social.

La comisión está de acuerdo con este nuevo plan porque ofrece más seguridad a los trabajadores y al mismo tiempo mantiene la flexibilidad que requiere tanto la industria como los empleados.


BIBLIOGRAFÍA:

- www.iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=10040000
- Periódico “El Mundo”: www.elmundo.es/sudinero/noticias/act-148-16a.html
- http://es.wikipedia.org/wiki/Jornada_de_trabajo
- Estatuto de los trabajadores: R. D. 1/1995 (BOE nº 75 de 29 marzo 1995)
Titulo I, capítulo II, sección 5ª, artículos nº: 34- 38
-
http://www.lavanguardia.es/economia/noticias/20090121/53623614701/los-27-reconsideran-ampliar-la-jornada-laboral-hasta-las-65-horas.html
- Diccionario enciclopédico Siglo XXI Docta.
- Enciclopedia temática Siglo XXI Docta.

- Formación de orientación laboral (LOE 2006). Editorial Mcmilan profesional.
- Vídeo: http://www.youtube.com/watch?v=mc1k-Ehm1AY
- Vídeo: http://www.youtube.com/watch?v=1D8zdQO-AyE

VALORACIÓN DEL EQUIPO:

Hemos cambiado la forma de realizar, hacer el trabajo, es decir, hemos investigado más a fondo todas las integrantes del grupo, a la vez que cada una de nosotras ha intervenido en la realización de todos los aspectos que presenta dicho escrito.

Creemos que ha sido muy enriquecedora esta nueva forma de trabajar en equipo, ya que posibilita una información completa de todo el contenido del trabajo.

Además pensamos que estas normas laborales forman parte de la teoría pero a la hora de la verdad, en la práctica, creemos que no se dan todos los casos idóneos que hemos visto y que ahora conocemos.


Ha sido una nueva experiencia por la forma en que fuimos uniendo cada una de las piezas que armarían nuestro “puzzle” (trabajo). Aprendimos a compartir, a dar nuestras propias y libres opiniones, a tratar de conocer más al otro, comprendernos las unas a las otras y sobre todo a respetarnos y a conocernos más nosotras mismas.

REALIZADO POR EQUIPO 6:

Irene Crespillo Blanco
Rocío Perea Ortiz
Rosa Mª Chicón Chacón
Jessica Utrera Fernández
Cristina Casillas Díaz

martes, 17 de marzo de 2009

LA COMPETITIVIDAD

Un Cuento: IGUALA SIN COMPETIR.
Los ancianos del consejo de un antiguo pueblo llegaron hasta la choza de un viejo maestro. Venían a consultar al sabio sobre un problema del pueblo.
Desde hacia muchos años, pese a todos los esfuerzos del consejo, los habitantes habían empezado a hacerse daño. Se robaban unos a otros, se lastimaban entre si, se odiaban y educaban a sus hijos para que el odio continuara.
-Siempre hubo algunos que se apartaban del camino –dijeron- los consejeros, pero hace unos diez años comenzó a agravarse y desde entonces a empeorado mes a mes.
-¿Qué paso hace 10 años?- pregunto el maestro.
-Nada significativo -respondieron los del consejo-. Por lo menos nada de malo. Hace 10 años terminamos de construir entre todos el puente sobre el río. Pero eso solo trajo bienestar y progreso al pueblo.
-No hay nada de malo en el bienestar –dijo el sabio-, pero si lo hay en comparar mi bienestar con el del vecino. No hay nada de malo en el progreso, pero si en querer ser el que mas ha progresado. No hay nada de malo en las cosas buenas para todos, pero si en competir por ellas. La solución es un cambio de silaba…
-¿Cambio de silaba? –preguntaron los del consejo.
-Debéis enseñar a cada uno de los habitantes del pueblo que si a la palabra competir le cambian la silaba central Pe por Par , se crea una nueva palabra: com-PAR- tir… Cuando todos hallan aprendido el significado de compartir, la competencia no tendrá sentido y, sin ella, el odio y el deseo de dañar a otros quedara sepultado para siempre.

Jorge Bucay.

-¿ ES REALMENTE NECESARIO COMPETIR PARA MEJORAR?
-¿ QUE ES MAS IMPORTANTE PARA UN GRUPO, APORTAR O RECIBIR ?
-¿QUE ES MAS IMPORTATE EL CAMINO O AQUELLO QUE TE LLEVO A CAMINAR?

YOLI.

lunes, 16 de marzo de 2009

LA CIENCIA DE LOS BEBÉS

Niñas aqui os dejó el enlace, http://www.youtube.com/watch?v=cwcEaKk_vbo
Rosa

domingo, 15 de marzo de 2009

cuento para pensar

LO QUE HACE EL MIEDO En una tierra en guerra, había un rey que causaba espanto. Siempre que hacía prisioneros, no los mataba, los llevaba a una sala donde había un grupo de arqueros de un lado y una inmensa puerta de hierro del otro, sobre la cual se veían grabadas figuras de calaveras cubiertas de sangre. En esta sala el rey les hacía formar un círculo y les decía entonces... "Ustedes pueden elegir entre morir atravesados por las flechas de mis arqueros o pasar por esa puerta misteriosa". Todos elegían ser muertos por los arqueros. Al terminar la guerra, un soldado que por mucho tiempo sirvió al rey se dirigió al soberano y le dijo... - Señor, ¿puedo hacerle una pregunta?,- y le responde el rey: Dime soldado. - ¿Qué había detrás de la horrorosa puerta? - Ve y mira tú mismo.- respondió el rey. El soldado entonces, abrió temerosamente la puerta y, a medida que lo hacía, rayos de sol entraron y aclararon el ambiente... y, finalmente, descubrió sorprendido que la puerta se abrió sobre un camino que conducía a la libertad. El soldado admirado sólo miro a su rey que le decía... - Yo daba a ellos la elección, pero preferían morir que arriesgarse a abrir esta puerta. ¿Cuántas puertas dejamos de abrir puertas por el miedo de arriesgarnos? ¿Cuántas veces perdemos la libertad y morimos por dentro, solamente por sentir miedo de abrir la puerta de nuestros sueños?.

LO HE VISTO Y ME HA PARECIDO MUY INTERESANTE ESPERO QUE OS GUSTE SOY JESSI

Ya lo dijo Einstein....


Delia

viernes, 13 de marzo de 2009

LA AMISTAD

Existen personas en nuestras vidas que nos hacen felices por la simple casualidad de haberse cruzado en nuestro camino.Algunas recorren el camino a nuestro lado, viendo muchas lunas pasar,mas otras apenas vemos entre un paso y otro.A todas las llamamos amigos y hay muchas clases de ellos.Tal vez cada hoja de un árbol caracteriza uno de nuestros amigos.El primero que nace del brote es nuestro amigo papá y nuestra amiga mamá,que nos muestra lo que es la vida.Después vienen los amigos hermanos,con quienes dividimos nuestro espacio para que puedan florecer como nosotros.Pasamos a conocer a toda la familia de hojas a quienes respetamos y deseamos el bien.Mas el destino nos presenta a otros amigos,los cuales no sabíamos que irían a cruzarse en nuestro camino.A muchos de ellos los denominamos amigos del alma, de corazón.Son sinceros, son verdaderos.Saben cuando no estamos bien, saben lo que nos hace feliz.Y a veces uno de esos amigos del alma estalla en nuestro corazóny entonces es llamado un amigo enamorado.Ese da brillo a nuestros ojos, música a nuestros labios, saltos a nuestros pies.Mas también hay de aquellos amigos por un tiempo,tal vez unas vacaciones o unos días o unas horas.Ellos acostumbran a colocar muchas sonrisas en nuestro rostro,durante el tiempo que estamos cerca.Hablando de cerca, no podemos olvidar a amigos distantes,aquellos que están en la punta de las ramasy que cuando el viento sopla siempre aparecen entre una hoja y otra.El tiempo pasa, el verano se va, el otoño se aproxima y perdemos algunas de nuestras hojas,algunas nacen en otro verano y otras permanecen por muchas estaciones.Pero lo que nos deja más felices es que las que cayeron continúan cerca,alimentando nuestra raíz con alegría.Son recuerdos de momentos maravillosos de cuando se cruzaron en nuestro camino.Te deseo, hoja de mi árbol, paz, amor, salud, suerte y prosperidad.Simplemente porque cada persona que pasa en nuestra vida es única.Siempre deja un poco de sí y se lleva un poco de nosotros.Habrá los que se llevarán mucho,pero no habrán de los que no nos dejarán nada.Esta es la mayor responsabilidad de nuestra viday la prueba evidente de que dos almas no se encuentran por casualidad



ESPERO K OS GUSTE
SOY ELI

jueves, 12 de marzo de 2009

UN POEMA

Hay gente que con solo decir una palabra
Enciende la ilusión y los rosales;
Que con solo sonreír entre los ojos
Nos invita a viajar por otras zonas,
Nos hace recorrer toda la magia.

Hay gente que con solo dar la mano
Rompe la soledad, pone la mesa,
Sirve el puchero, coloca las guirnaldas,
Que con solo empuñar una guitarra
Hace una sinfonía de entrecasa.

Hay gente que con solo abrir la boca
Llega a todos los límites del alma,
Alimenta una flor, inventa sueños,
Hace cantar el vino en las tinajas
Y se queda después, como si nada.

Y uno se va de novio con la vida
Desterrando una muerte solitaria
Pues sabe que a la vuelta de la esquina
Hay gente que es así, tan necesaria.

Hamlet Lima Quintana

Delia

martes, 10 de marzo de 2009

Mirar chicas este video es mu interesasnte es de la coeducación.soy Esperanza
http://www.youtube.com/watch?v=PTZPsFORYnY&feature=related

El amor hacia un niño

xicas he encontradao un video muy bonito sobre el amor que debemos darle a los niños/as y como tratarlos, es interesante espero que os guste.besitos
aqui dejo el enlace
http://www.youtube.com/watch?v=5kkNAD6nlOw&feature=related

soy eli

lunes, 9 de marzo de 2009

juguestes sexistas??

soy jessi os dejo un enlace de los que he comentado en clase, es un trabajo de unos niños pero es muy interesante mirarlo bien veras que interesante un besito a todas.
http://www.youtube.com/watch?v=XLMiyAGTBPo

domingo, 8 de marzo de 2009

" APRENDER A ESCUCHAR"

Tenemos dos oidos y una sola boca
para recordar que debemos escuchar
el doble y hablar la mitad.

Escuchar es Escuchar.
Y no solamente hacer una pausa en lo que digo y permitir que, mientras cojo aire, el otro se de el lujo de decir algunas palabras.

Escuchar es escuchar.
Y no es una atenta y selectiva busqueda mas o menos concentrada en el parlamento de otros, de las palabras que me sirvan para enlazar "con arte" mi propio argumento.
Como si fuera una conversacion fuera un encuentro con un compañero que aportara ideas para permitirme explayar mi pensamiento.

Escuchar es escuchar.
Y se diferencia de intercambiar turnos de oratoria con otro que tampoco escucha.
Estoy hablando de la activa y comprometida escucha que analiza y comprende lo que haya de acuerdo y de desacuerdo en lo que me dice otra persona, sabiendo que me lo dicen en ese momento y que me lo dicen a mi. por lo menos, tambien a mi.

Por: Hugh Prather.
Yoli.

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Otra De Jorge Bucay

Lo mejor de mí que puedo darte
Es lo que quiero darte
Lo mejor de ti que puedes darme
es lo que quieras darme
No quiero lo más,
quiero lo mejor.

Cuando tú y yo nos encontremos
Seremos dos mundos que se encuentran,
seremos dos universos en contacto.
Tú un universo con centro en ti
Y yo con un universo en centro en mí.

Delia

FELICIDADES

A TODAS: HOY DÍA 8 DE MARZO ES EL DÍA DE LA MUJER. ¡MUCHAS FELICIDADES !
¿Porqué se celebra el Dia de la Mujer el 8 de Marzo?
El ocho de Marzo de 1.908 las 129 trabajadoras de la empresa textil Cotton de Nueva York se declararon en huelga y se encerraron en la fábrica. Exigían una jornada laboral de diez horas y un salario igual al de los hombres. El dueño incendió la fábrica y las 129 mujeres que la ocupaban murieron.
Dos años más tarde, la Segunda Conferencia de Mujeres Socialistas declaró el 8 de marzo Día Internacional de la Mujer Trabajadora, en recuerdo de las compañeras muertas en Nueva York.
Este día ha de servir para reflexionar sobre cuál es la situación de la mujer en nuestra sociedad, para aumentar la solidaridad y la unión entre las mujeres, y también, para celebrar el hecho de ser mujer.

viernes, 6 de marzo de 2009

"La magia solo dura mientras persiste el deseo"

" ser feliz es sentir la conviccion de estar en el camino correcto"

( JORGE BUCAY)

PD. me gustaria animar a quien no haya leido nada de Bucay se anime a hacerlo y a quien si que siga. a mi me regalaron "cuentos para pensar" por Reyes, es el primer libro que leo de el y me ha enamorado. Es un libro muy enriquecedor. ESTEFA

jueves, 5 de marzo de 2009

REFLEXIÓN

CHICAS AQUI OS DEJO COMO UNA REFLEXIÓN QUE ME GUSTA MUCHO, ESPERO QUE LA LEAIS Y LA TENGAIS PRESENTE

QUIERO:
Quiero que me oigas sin juzgarme,
Quiero que opines sin aconsejarme
Quiero que confíes en mi sin exigirme
Quiero que me ayudes sin intentar decidir por mi
Quiero que me cuides sin anularme
Quiero que me mires sin proyectar tus cosas en mi
Quiero que me abraces sin asfixiarme
Quiero que me animes sin empujarme
Quiero que me sostengas sin hacerte cargo de mi
Quiero que me protejas sin mentiras
Quiero que te acerques sin invadirme
Quiero que conozcas las cosas mías que más te disgusten
Que las aceptes y no pretendas cambiarlas
Quiero que sepas………que hoy puedes contar conmigo……
SIN CONDICIONES


MUXOS BESOS PARA TODAS
LAURA SÁNCHEZ

Foro ^^

He copiado y pegado lo que escribí que contenía la dirección del foro, porque como no lo encontrais... Un saludo a todas y registrarse y participar en el foro!



miércoles 25 de febrero de 2009

Leer todas, por favor, es importante.

Chicas, tenemos que mantener un orden en el blog, porque si no cuando queremos encontrar algo, entre tantas entradas es un lío.
Estoy pensando a ver si puedo hacer mejor que un blog un foro para que podamos hablar un poco más libremente peor siempre con el mismo orden.

Cuando querais comentar algo sobre algún tema expuesto por alguna compañera darle a cometnar entrada, así no creamos nuevas entradas innecesarias y está todo mucho más bonito y ordenado.

Cuando queremos meter más información en una entrada, coomo es en el caso del tema del Plan Bolonia, simplemente, una vez estemos con nuestra sesión iniciada, tenemos que darle al final de dicha entrada, a un lápiz que sale dibujado, donde si dejas el ratón puesto sin tocar nada, a los segundos pondrá un letrero que dirá editar entrada, así de simple era lo que había que hacer para agregar información del plan bolonia.

Bueno, esta onformación os la pongo para que os sirva de aydua, sin ánimo de ofender a ninguna de vosotras, solo para ayudaros y explicaros.
Si necesitais algo más ya sabeis donde esoty, podeis escribir aquí o bien por msn o como sea.

Isabel, si lees esto ya me dirás en clase o comentarás aquí si ves interesante hacer un foro o no ^^.

Un besito a todas y buenas noches ^^
Os quiero =D


Teba ^^

Edito para comentaros que he estado haciedno el foro esta noche, bueno, esta tarde noche... Todavía quedan muchos picos por poner más y más bonitos, peor bueno, de momento esto es lo que hay, para que todas podamos entrar incluida Isabel y los demás profesores, pues ya se publicará la direción del foro en clase para aquellas que no pasan por aquí, que son muchas.
Yo administraré el foro para mantenerlo lo más ordenadito posible y nada, deciros que en el existen unas normas que todas debemos leer.

Espero que el foro nos sea de ayuda a todas, ya que lo he creado con la intención de una mejora para todas, para que hayya más comunicación y podamos ayudarnos en las dudas y en los problemillas que nos surjan.

Aquí la dirección del foro:

http://magicomundoinf.creatuforo.com/index.php


Un besito a todas ^^

miércoles, 4 de marzo de 2009

DESARROLLO AFECTIVO SEXUAL manual, adivinanzas y poesías

Aquí tenéis una serie de publicaciones que os podéis descargar están bastante bien. Ya me comentais en clase.
http://www.mepsyd.es/cide/jsp/plantilla.jsp?id=pubmdsexual

Adivinanzas (Educación sexual)
Una parte de nuestro cuerpoQue tiene en el centro el ombligoY crece y crece, cuando vamosA tener una niña o un niño.

Los bebés maman de ellas cuando aún no tiene dientes.

El bebé lo necesita Para poder comer.Se lo puede dar la madre y el padre también.

Duerme bien en su cunita, A veces es un llorón, Pero también se sonríe Tomando su biberón.

Es un momento, muy importante;cuentas la edad desde ese instante.

Cecilia Domínguez“300 adivinanzas infantiles” , Madrid, editorial susaeta

Es como un renacuajo Que corre en busca del óvulo Con mucho desparpajo.

¿Que persona será La que te llevó en su interior Y te cuidó con mucho amor?

¿qué persona será la que puso tú semillaen el útero de mamá?


POESÍAS
Poesía: De dónde vienen los niños
Mi madrecita querida,me regaló un hermanito._¿A dónde fuiste a buscarlo?,le pregunté sorprendido._En los brazos de tu padre,ambos, de noche lo hicimos.Fue en la cama, al acostarnos,hablándonos bien bajito con besos y con abrazosy su cuerpo sobre el mío. Depositó la semilla,tu padre, de tu hermanito.Ésta penetró en mi cuerpoy calladita hizo nido.Ya viste cómo crecía mi vientre, tan de seguido. Hasta pudiste tocarlo,y algunas veces sentirlo dando pataditas suaves, pegando pequeños brincos.¿Cómo se formó y creció?¿Por qué salió así de chico?Lo entenderás cuando crezcas…pues, no siempre serás niño.
Andrés Díaz Marrero

Poesía: Las diferencias
Si tú quieres descubrirLas diferencias que hay en mí Delante del espejo Te pondrás Y las partes de tu cuerpo Observarás. Niñas y niños diferentes son Si ellas tienen vagina Ellos ninguna necesitan Pues tienen algo distinto Cuyo nombre has de recordar Y pene has de llamar. Muy distintas y distintos somos Como habrás podido comprobar Aunque estas diferencias no nos impide Podernos relacionar.
Mónica Marcos García




Isabel

martes, 3 de marzo de 2009

olaaa chicas soy Raquel aqui os dejo una pagina que he encontrao, sobre informacion de la pelicula de blue, espero que os sirva de ayuda :D http://miradadeulises.com/2008/11/azul-en-busca-de-la-libertad-perdida/

una frase...

Vive como si fueras a morir mañana...aprende como si fueras a vivir para siempre...
Berenice Félix Flores
soy m.carmen rivero

Videos para trabajar, Isabel

La comunicación familia - escuela
http://www.youtube.com/watch?v=dA1ogXCwHmI

En primer lugar hay un determinado comportamiento y después otro distinto por completo.
Cuestiones:
¿Qué tipos de conductas podemos identificar en el video?
¿Crees que son necesarias las HHSS en la relación docente?
¿Cómo actuarías tú si fueses la profesora y se presentara una situación similar?

Educar con el ejemplo
http://www.youtube.com/watch?v=igDlNlmIIiA
¿Que pensáis del video?
¿Son normales éstas situaciones?

familia y escuela

Os dejo éste enlace para que lo visioneis.
http://familiayescuela.blogspot.com/
Isabel

curso habilidades sociales

holaa soy jessi, solo era para deciros que ya he empezado el curso de Habilidades sociales en el aula que es muy interesante y que ya tengo la información bajada por si os interesa alguna tenerla pues me la pedeis y yo os la paso ok? os lo pongo por aqui por que si no luego siempre queda gente sin enterarse. pues nada lo dicho que si la quereis solo teneis que pedirla un besitoo

lunes, 2 de marzo de 2009

...ALGUNOS MAS...

• Nicholas Allan, “¿A dónde vas guille?, 2004, Barcelona, editorial, Beascoa.

• Babette Cole, ”Mamá puso un huevo”, Ediciones destino.


• Lesléa Newman, “Paula tiene dos mamás”,editorial Bellaterra.

• Sergi Cámara y Teresa Herrero, “Pero, ¿de donde vengo?, editorial Parenting.



DELIA

RINCON DEL DESARROLLO AFECTIVO SEXUAL

Os dejo unos cuentos para trabajar la educación afectivo sexual en infantil, sería interesante crear nuestro propio libro-cuento.

Cuentos infantiles para hablar de sexo con los niños y niñas

1. ¿De dónde vengo? Tu primer libro sobre sexo
Yvette Lodge
Este delicioso libro con despegables conduce a los niños a través del complicado proceso de la reproducción, respondiendo a todas sus comprometidas preguntas con ayuda de solapas despegables diseñados sobre las dulces ilustraciones de Michelle Swwan. A partir de 3 años.



2. ¿De dónde viene los bebés?
Doris Rübel

¿Qué?
¿Cómo?
¿Por qué?





3. ¿Me cuentas cómo nací?
Kate Petty
¿De dónde vienen los niños?, ¿Qué es hacer el amor?. Parece fácil contestar a las preguntas de los niños, pero ¿a que más de una vez no has sabido qué decir?. Este libro ha sido elaborado por expertos en la materia. La ternura y la claridad de sus textos e ilustraciones te ayudarán a dar respuestas claras y sencillas a las preguntas de tus hijos

GRACIAS POR LA CELEBRACIÓN DE LA EFEMÉRIDE

La celebración del día de Andalucía resultó todo un éxito, gracias a las que asistieron por su participación, además de resultar Ganadoras!!!
Isabel

Una frase para este mes.


"La verdadera grandeza, al igual que un rio, cuanto mas profunda es menos ruido hace".

domingo, 1 de marzo de 2009

¿Compartimos?

“Pero ¿y si el amor no tuviera dueño, fuera como la música, que no es para nadie? ¿Y si el amor fuera como el viento o la lluvia? ¿Os imagináis a alguien que tuviera el poder de hacer llover en una habitación? Pues eso hacen los seres que amamos. Y sin embargo esa lluvia no les pertenece. Llega con ellos pero no son sus dueños. Tal vez deberíamos aceptar así el amor, como algo que viene y se va a su capricho, como hace la lluvia." Gustavo Martin Garzo

Delia